En un edificio gallego hay un vecino con fobia a los perros. Una fobia diagnosticada y tremenda, una fobia que debe ser respetada y tratada por los profesionales de la salud correspondientes.
En ese mismo edificio gallego hay vecinos que tienen perros, animales que forman parte de su familia y a los que quieren y atienden. Perros pacíficos que ni ladran ni molestan al resto de los vecinos.
En ese edificio había una normativa aprobada hace años por la comunidad de vecinos de no permitir animales en el bloque y que por lo visto llevaba años sin aplicarse sin más problemas.
Sobre ese edificio gallego pesa ahora la orden de un juez para desalojar a todos los perros que él viven tras una demanda de esa persona con fobia y amparándose en esa decisión vecinal. Como si no fueran seres sintientes con derechos, como si fueran cosas que molestan a la vecindad como un toldo o un aparato de aire acondicionado.
Es algo desmedido, injusto, excesivo aunque haya detrás más conflictos vecinales de los que nos cuentan. En el blog Alza la pata de Rocío R. Gavira cuentan el caso en detalle.
Respecto a esas prohibiciones comunales, esto es lo que cuentan en Consumer Eroski:
Los estatutos de la comunidad de vecinos pueden recoger la prohibición de la presencia de animales de compañía en la finca. Sin embargo, priman los derechos individuales del dueño del animal, por lo que esta norma se puede impugnar. Los gabinetes jurídicos con los que cuentan algunas asociaciones de protección animal asesoran a los ciudadanos que lo soliciten en estos casos.
La Ley 49/1969, sobre Propiedad Horizontal no prohíbe la tenencia de animales domésticos en las viviendas privadas. Sin embargo, los ayuntamientos sí pueden limitar el número de animales que se pueden tener en casa. Por su parte, el concepto y requisito para declarar un espacio como núcleo zoológico se recoge en la legislación de las comunidades autónomas.
De esta manera, cuando en una vivienda hay cuatro o más perros, se suele exigir la declaración de núcleo zoológico. Con este requisito se pretende garantizar las correctas condiciones higiénico-sanitarias del lugar donde viven los animales.
El cumplimiento de la normativa municipal y de la comunidad autónoma, así como evitar las molestias derivadas de la convivencia con animales en el vecindario son aspectos fundamentales para eludir problemas con la comunidad de vecinos.
Es decir, que tenemos derecho a convivir con nuestros animales en nuestros pisos, pero siempre debemos hacer lo posible por hacerlo de tal manera que no causemos molestias a nuestros vecinos. Igual que ellos deben procurar lo mismo con otros asuntos: obras, fiestas, uso de zonas comunes… Y siendo respetuosos con la convivencia, no debemos dejarnos amilanar por los vecinos extremadamente pejigueros.
Os dejo más información de utilidad publicada en Consumer Eroski.
- Denuncias falsas por molestias de perros y gatos: ¿cómo actuar?
- Cómo evitar problemas con el perro en la comunidad de vecinos
- Los ladridos del perro: una denuncia frecuente entre vecinos
- Cómo evitar denuncias vecinales por molestias del gato
Tara, Pipo y Ranger tienen aproximadamente dos meses y podrían tener algo de labrador o pastor alemán, aún no está claro. Están en Cádiz y se envían a otras provincias. Hay que intentar conseguir adoptantes para ellos antes de que se hagan mayores en el refugio.
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